Hace unos días me dieron una grata noticia en la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Mahón (OAC), a la que fui para que me hicieran un Certificado de Residente para viaje (Anexo I del RD 1316/2001).
Desde el 1 de abril del 2012, los ciudadanos no comunitarios residentes en Baleares, Canarias, Ceuta o Melilla cuyo NIE en vigor acredite su condición de «Larga duración», «Familiar comunitario» o «Residencia permanente» también tendrán derecho a la bonificación.
Hasta hace muy poco solo los ciudadanos comunitarios (Unión europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza) podían beneficiarse del descuento de residente , pero en el Boletín Oficial del Estado (BOE) Número 312 del 28 de diciembre del 2012 sección I, disposición décima tercera (Subvenciones al transporte aereo y marítimo en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla.) se aprobó el presupuesto que incluye como beneficiarios a estos tres tipos de residentes no comunitarios.
En la misma disposición se especifica que el descuento del 50% del coste de la tarifa solo se aplicará a trayectos entre aeropuertos o helipuertos desde los archipiélagos (Baleares y Canarias), Ceuta o Melilla hasta su destino final en territorio nacional y viceversa, con escalas no superiores a las 12 horas.
A pesar de que todo lo anterior no es ninguna primicia y que ya está publicado en innumerables Webs, yo no tenía constancia de este avance social que en mi caso. por tener familiares extracomunitarios, me evitará grandes pérdidas económicas. Por otra parte, nunca está de más añadir nuevas fuentes de información para una misma noticia, facilitando así su propagación en la red.
Con este «post» intentaré entrar en la dinámica de publicar varios artículos semanales, aunque tengan poca relevancia para la mayoría.